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24 Septiembre 2006

La filosofía helenística IV

El tránsito hacia la cosmópolis -como vimos en los artículos anteriores- importa tanto la pérdida del marco de referencia significativo del hombre griego (la pólis) como la progresiva conciencia de un cierto universalismo, limitado –desde luego- a las regiones helenizadas del mundo conocido.
Es importante esta digresión, porque cosmopolitismo no significa ecumenismo –término que, aunque tiene raíz griega, remite a la doctrina judeocristiana-. Consiguientemente, debemos tomar con mucha prevención la imagen que podamos formarnos de la vida del hombre helenístico. Las antiguas ciudades griegas subsistían, aunque los ideales y el espíritu del hombre que vivía en ellas se habían disuelto.
Más la cultura helénica se había extendido de un modo imponente. Y en donde hubiera ciudades importantes, el influjo de lo griego se hacía sentir vigorosamente en todas las manifestaciones de la vida.
Si en el siglo V el intercambio cultural había sido intenso, al punto de incidir decisivamente en el descubrimiento de la autoconciencia, alcanzando su florecimiento –en Atenas- a caballo de la crisis interna de la nación griega (que la llevará a su destrucción), en la etapa helenística se produce una interiorización de la condición cosmopolita a partir de la figura del sabio imperturbable y autosuficiente, alejado de las distracciones mundanales.
El modelo del reformador político, del misionero, del hombre de acción, es la contrafigura del sabio estoico. Pierde interés, en consecuencia, la reflexión sobre la vida política y el mejor régimen político. El nómos recupera –en este ensueño- su conexión cósmica en tanto lógos divino; y este desplazamiento –que no disfraza la alianza peculiar de naturaleza y ley que trae consigo- permite mediar la relación del hombre con el orden de dominación a partir de la idea de ley natural. Más no es la ley positiva de la que se ocupa el sabio; su preocupación es la propia conducta, que siguiendo la naturaleza, no debe ya preocuparse por la ley. Ya que la ley que gobierna su alma es eterna y universal, lo que es entendible en un escenario donde está ausente el horizonte de la pólis clásica.
Una mirada a la filosofía práctica de Platón y Aristóteles en torno a la caracterización de la ley puede ayudarnos a comprender mejor este asunto. Pero ello será materia de otro artículo.
Por lo pronto, conviene adelantar que este concepto cosmopolita de ley natural es el antecedente del jus gentium, desarrollado más adelante en el contexto de la filosofía jurídica romana.
En lo atinente a la filosofía primera, los desarrollos filosóficos no van más allá de las grandes contribuciones de los filósofos de la época clásica. Prueba de ello, -junto a los aportes ya comentados de las escuelas cínica, cirenaica, estoica y epicúrea- son las reflexiones del platonismo y del neoplatonismo, del eclecticismo ciceroniano y del estoicismo imperial. En el próximo artículo haremos una breve referencia a lo más importante de este período.

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Sobre mí

Mi nombre es Daro Esquivel. Me dedico al ejercicio de la abogacía en Corrientes, Argentina. No sólo ejerzo la profesión, sino que además soy profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Nordeste (Jefe de Trabajos prácticos de la Cátedra de Filosofía del Derecho del Dr. Meabe). Concebí este blog como un espacio de debate sobre Derecho, pero también sobre música, cine y otros intereses. Sean bienvenidos. Creative Commons License
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